Presentaron otro proyecto para regular uso de agroquímicos

La iniciativa girada a la comisión de Producción, prohíbe las fumigaciones a menos de 1.000 metros del límite de construcción. Además considera que “si hay peligro para la salud se podrá prohibir completamente el uso de agroquímicos”.

03/09/2012 | Ingresó al Senado

En los fundamentos, los autores dicen que han pensado un proyecto que le permita a los productores salvaguardar sus cultivos del efecto dañino de las plagas, seguir produciendo y además proteger los núcleos urbanos de efectos nocivos, lo que es un acto de defensa de la salud de las personas. 
Los senadores vienen discutiendo el tema desde principios de año y fue el titular de la comisión de Producción, Oscar Arlettaz, quien adelantó hace pocos más de dos meses la idea de profundizar el debate y elaborar un texto distinto al que ya cuenta con media sanción de Diputados. 
El texto, de 26 artículos, señala que en caso de sancionar por la Legislatura, habrá un plazo de 120 días para su reglamentación, y deroga la ley 6599 y concordantes. 
En la Cámara Alta se encuentra desde septiembre de 2009 un proyecto que propone tan solo modificar la ley 6599, que data de 1980 y establece un régimen para el uso de plaguicidas. Analizado la situación actual, los Senadores consideran que se debe hacer un proyecto integral sobre la forma de administrar las sustancias químicas, por eso impulsan el nuevo de Enrique Cresto y Arlettaz. 

Aspectos de la iniciativa 


Se propone crear un marco legal “cuyo objetivo es la Regulación del Uso de todas las Sustancias Químicas que se emplean en las actividades relacionadas a la Producción Agropecuaria, tanto en la tierra, como a través del aire y el agua” en el territorio entrerriano. 
La norma tiene como ejes centrales la defensa de la salud humana, del ecosistema, de los recursos naturales y de la producción agropecuaria y de terceros. Se hace responsables a quienes utilicen los mismos, de los daños que puedan ocasionarse por usos indebidos o contrarios a lo que disponga la norma que se propone. Es posible que la autoridad de aplicación sea el Ministerio de Producción y se considera ineludible la creación de un registro de Aplicadores, los que deben ser de Entre Ríos y contar con autorización previa para la actividad; otro de los responsables de la fabricación, comercialización, compra, venta o traslado de los productos químicos destinados a la producción agropecuaria. Estos últimos deberán estar domiciliados y fiscalizados en el territorio provincial.

Fuente: El once.om

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