La FETAC critic贸 la autorizaci贸n del uso de bitrenes

La Federación Entrerriana de Transporte de Cargas (FETAC) cuestionó el decreto presidencial que habilita la utilización de bitrenes en algunas rutas del país. 

12/01/2018 | En rutas argentinas

El bitren es una formación encabezada por un camión y dos remolques que se articulan entre sí mediante un sistema de enganche conocido como quinta rueda. Este tipo de vehículos fue autorizado por el presidente Mauricio Macri a través de lo que se conoce como el “megadecreto” que incluye una multiplicidad de modificaciones de distinta índole.

La crítica de la FECTAC no se hizo esperar: “Al igual que como lo hicimos en la gestión anterior, cuando se quiso imponer esto por decreto y la Presidenta tuvo que dar marcha atrás por la fuerte oposición de casi todas las federaciones, vamos a salir a decir que no estamos de acuerdo con esta medida”.

“Tenemos la misma red de rutas que en aquel entonces y muchas no están hechas para soportar tanto peso. Ya tenemos problemas con vehículos de 20,5 metros y estos se van a profundizar si empiezan a circular vehículos de 25 y de 30 metros”, sostuvo Ludi.

Luego agregó: “Los puentes secos se hunden ahora y esto se agravará cuando circulen bitrenes. En la 14 hubo hundimientos en la rotonda de cuatro bocas y hubo socavaciones en Ubajay”.

En definitiva, para el Vicepresidente de la FETAC, “esta infraestructura vial no está preparada para soportar el peso de los bitrenes”.

A su vez, advirtió que la circulación de este tipo de transportes incrementará el número de accidentes y afectará al empleo: “No se pueden largar medidas de esta naturaleza sin medir las consecuencias”, criticó.

Finalmente manifestó en declaraciones a esta Agencia: “Sean de un color político o de otro, los gobiernos cometen los mismos errores y atan el sulky adelante del caballo”.

Los cambios

En concreto, el decreto de la Casa Rosada introduce cambios en la Ley N° 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial; entre ellos, incorpora a las “unidades tractoras con dos semirremolquies biarticulados (Bitrén)”, como vehículos que pueden circular por las rutas.

Según el texto normativo, estos automotores pueden tener una extensión máxima de 30,25 metros, cuando hasta ahora el mayor porte autorizado por la ley sancionada en 1994 era para “unidad tractora con semirremolque articulado y acoplado”, de hasta 20,50 metros.

Naturalmente, esto implica también una modificación en el máximo de peso que un vehículo puede transmitir a la calzada: hasta ahora, una “formación normal de vehículos” podía llegar a pesar 45 toneladas; desde hoy, el máximo se amplía a 75 toneladas.

Esto es, porque se incorporan las 30 toneladas adicionales del segundo acoplado que puede engancharse en un bitren. Es decir, por ejemplo, que un productor de granos podrá transportar 60 toneladas al puerto en un solo viaje.

Lógicamente, estos vehículos no podrán circular por cualquier ruta del país: se espera que, más adelante, el Ministerio de Transporte resuelva por qué corredores podrán transitar.

En los considerandos del decreto, el Gobierno justifica esta decisión en que “los avances tecnológicos y productivos existentes generan una necesidad de actualización permanente de determinados parámetros para el transporte automotor de cargas, cuyo resultado es que las disposiciones reglamentarias no acompañan la velocidad de estos cambios, generando diversas limitaciones al desarrollo del mercado”.

“En función de ello, corresponde generar un marco jurídico más dinámico que permita a la Autoridad de Aplicación ir ajustando estos parámetros según la evolución y conformación de la oferta de transporte de carga en el tiempo, mediante normativa de menor rango”, agrega el texto normativo.

Y concluye: “Las modificaciones propiciadas encuentran un objetivo común destinado a la ampliación en la capacidad de los vehículos de transporte interjurisdiccional de carga y la optimización de las condiciones exigidas para su circulación, redundando en una mejora en la productividad nacional y en los costos del transporte, sin que ello genere afectación a la seguridad y a la vida útil de la infraestructura vial”. 

Fuente: APFDigital

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