Fijan cupo para la exportación de lácteos a Venezuela

La Secretaría de Agricultura distribuyó el cupo de 7.096 toneladas métricas de productos lácteos con destino a Venezuela, que deberán ingresar a ese país antes del 31 de diciembre, que cuentan con preferencias arancelarias que otorga dicho país, merced a un acuerdo suscripto.

02/04/2013 |

La Secretaría de Agricultura, por Resolución 129/2013 publicada hoy en el Boletín Oficial, distribuyó  7.096 toneladas métricas de productos lácteos con destino a Venezuela, que deberá ingresar a ese país hasta el 31 de diciembre próximo.

La resolución, que comenzará a regir a partir de mañana, lleva la firma del secretario de Agricultura, Lorenzo Basso y establece que para acceder a la entrega del Certificado de Autenticidad que ampara el cupo establecido, se deberá tener regularizada su situación fiscal y previsional, fijándose como fecha límite de tal exigencia 30 días corridos anteriores al envío de los productos a Venezuela.

En los considerandos menciona el Acuerdo de Complementación Económica Nº 59 (ACE 59) suscripto el 18 de octubre de 2004 entre los países del Mercosur y de la Comunidad Andina (Colombia, Ecuador y Venezuela) de preferencias arancelarias.

Por ello Venezuela otorga preferencias arancelarias a la Argentina sobre el arancel vigente para terceros países, que incluyen los productos lácteos.

Expresa que la Secretaría de Agricultura estableció los criterios para la asignación del cupo de exportación entre las empresas habilitadas para la elaboración de productos lácteos e inscriptas en el Registro creado, promoviendo así un acceso equitativo al mercado interno de Venezuela en las condiciones estipuladas.

Expresa que en virtud del Acuerdo de Complementación Económica Nº 59 (ACE 59), se torna prioritario brindar continuidad a las exportaciones, conforme a los antecedentes de exportación de cada una de las empresas productoras, incorporando la participación de nuevas empresas que contribuyan al desarrollo de la cadena en aras de estimular las exportaciones y la libre competencia.

Precisa que el tonelaje a asignar a cada adjudicatario surge de los criterios volcados en el Informe Técnico elaborado por la Dirección Nacional de Procesos y Tecnologías dependiente de la Subsecretaría de de Agregado de Valor y Nuevas Tecnologías de la Secretaría de Agricultura.

Fuente: Prensa Argentina

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