Semillas: el Gobierno oficializ贸 mecanismos de control

Una resolución del INASE y la Secretaría de Agricultura puso en marcha el nuevo protocolo para el control de la identidad varietal en grano.

08/06/2026 | Nuevas medidas

El Gobierno nacional, a través de una resolución conjunta del Instituto Nacional de Semillas (INASE) y la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca (SAGYP), dispuso a partir de este lunes un nuevo protocolo para la protección de la propiedad intelectual de semillas en Argentina.

“La presente normativa establece el protocolo para el control de la identidad varietal en grano, a partir de las muestras tomadas en el primer punto de entrega, conforme a la Resolución Nº 207 de fecha 23 de junio de 2016 del INASE”, señala textualmente el artículo 1° de la Resolución Conjunta 3/2026 que se publicó en el Boletín Oficial.

El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, celebró la noticia en las redes, donde afirmó que “cada productor argentino va a tener la libertad de elegir este mecanismo y recuperar 30 años de atraso en la calidad de sus semillas”, y estimó que “gracias a esta actualización, se estima un incremento en las exportaciones en más de 4.000 millones de dólares anuales”.

A partir hoy se establece un nuevo protocolo para la protección de la propiedad de semillas en Argentina.

Cabe recordar que esto ocurre mientras se espera que el Congreso definitivamente debata una actualización de la Ley de Semillas, con la adhesión al protocolo UPOV-91 como trasfondo, y un proyecto que la Mesa de Enlace consensuó y ya elevó a las autoridades.

En tanto, lo que oficializó este lunes el Gobierno es lo que le había adelantado al campo el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.

EL NUEVO PROTOCOLO PARA LAS SEMILLAS

Puntualmente, la resolución conocida en las últimas horas establece un nuevo protocolo de control para verificar la identidad de las variedades de semillas en Argentina durante la etapa de entrega de granos.

El objetivo principal, según señala el Gobierno en los fundamentos de la medida, es proteger los derechos de propiedad intelectual de los creadores de variedades vegetales mediante el uso de tecnologías modernas de análisis.

En ese sentido, la normativa exige que los centros de acopio estén registrados oficialmente y permite la colaboración entre el Estado y entidades privadas para el procesamiento de muestras.

En este marco, los resultados de estas pruebas deben comunicarse a los titulares de las variedades, quienes están facultados para denunciar infracciones ante el INASE.

Como propósito principal, el documento busca fomentar la inversión tecnológica en el sector agroindustrial garantizando una mayor transparencia y trazabilidad en el comercio de granos.

La medida tiene como objetivo principal garantizar el cumplimiento de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, protegiendo los derechos de propiedad intelectual de los obtentores de variedades vegetales.

CÓMO SE CONTROLARÁN LAS SEMILLAS

De esta manera, el corazón de esta resolución es el uso de la identidad varietal sobre el grano como herramienta de fiscalización.

Para las especies de reproducción autógama (como la soja o el trigo), el Estado busca asegurar que se respeten los derechos de los desarrolladores de las semillas mediante el análisis técnico de los granos entregados por los productores.

La normativa destaca que los avances tecnológicos actuales permiten determinar esta identidad de forma mucho más rápida que antes, convirtiéndose en un medio objetivo y científicamente validado para detectar presuntas infracciones.

Para optimizar estos controles, la resolución fomenta la articulación público-privada, permitiendo que entidades privadas aporten infraestructura y capacidad técnica para garantizar la trazabilidad y transparencia en el mercado.

Por ello, el protocolo tiene un alcance integral sobre la cadena de comercialización de granos, bajo las siguientes pautas:

Registro Obligatorio: Todos los establecimientos que funcionen como puntos de entrega primaria deben estar registrados en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA).

Toma de Muestras: Los procedimientos deben seguir estrictas normas de calidad y metodología ya aprobadas por normativas previas.

Rol de las Cámaras Arbitrales: Únicamente las Cámaras Arbitrales o entidades privadas con convenios vigentes con el INASE podrán adquirir y analizar las muestras para identificar las variedades.

Plazos y Denuncias: Una vez emitido el certificado de análisis, los resultados se enviarán simultáneamente al titular de la variedad y al dueño de la muestra. El titular de la semilla protegida tendrá un plazo de 60 días corridos para realizar una denuncia ante el INASE si detecta irregularidades.

¿Qué cambia con respecto a la normativa anterior?

En tanto, esta resolución introduce cambios significativos frente al esquema que regía hasta ahora:

Tecnología y Rapidez: Se hace foco en la capacidad actual de verificar la identidad en “plazos considerablemente reducidos”, dotando de mayor solidez probatoria a las actuaciones administrativas.

Convenios Privados para Financiamiento: Se autoriza explícitamente a los responsables de los acopios a suscribir acuerdos con entidades privadas para financiar las actividades de toma de muestra y coordinación de entrega.

Aplicación Progresiva: A diferencia de normas anteriores, este protocolo se aplicará específicamente a los cultivares que se inscriban en los registros nacionales a partir de la publicación de esta medida.

Ajuste Normativo: La resolución suprime el segundo párrafo del Artículo 1° de la Resolución N° 207/2016, que anteriormente regulaba aspectos del sistema de muestreo e información.

De esta manera, con la entrada en vigencia de esta norma, el Gobierno busca incentivar la inversión en biotecnología vegetal mediante un control más estricto del comercio, advirtiendo que cualquier incumplimiento será sancionado bajo el régimen de multas y penalidades de la Ley de Semillas.

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