No se pueden cambiar retenciones sin aprobación del Congreso

Es así desde el 1 de enero. El rechazo del Presupuesto 2022 le quitó al Gobierno las “facultades tributarias delegadas” que le permitía mover las alícuotas. 

06/01/2022 | El Gobierno

Durante el gobierno de Mauricio Macri, el Poder Ejecutivo podía fijar los derechos de exportación con un tope máximo del 30%, facultad que había sido delegada por el Presupuesto 2019 hasta el 31 de diciembre de 2020. El actual gobierno, haciendo uso de la Ley de Emergencia Económica, amplió las retenciones al 33%, y extendió la vigencia de esa facultad por un año más, hasta el 31 de diciembre de 2021.

Con el proyecto de Presupuesto 2022, el Gobierno tenía intenciones de extender incluso hasta el 31 de diciembre de 2024. Sin embargo, el proyecto fue rechazado y, aunque se prorrogue el presupuesto actual, esas facultades delegadas caducan.

“A partir del 1 de enero las retenciones solo pueden ser establecidas por el Congreso, mediante ley. Los decretos o resoluciones del Poder Ejecutivo en materia de retenciones son inconstitucionales”.

Así lo afirmó el diputado nacional por San Luis, Alejandro Cacace (Juntos por el Cambio), quien agregó en una nota de opinión en Infobae que “además, toda delegación debe hacerse con un plazo fijado para su ejercicio, el cual el artículo del Código Aduanero tampoco tiene, y dentro de las bases que establezca el Congreso”.

“A falta de una ley del Congreso que las establezca, a partir del día 1 de enero de 2022 no puede haber retenciones a las exportaciones”, aseveró el legislador puntano.

Opiniones

Sobre la cuestión hubo muchas opiniones coincidentes en que el Poder Ejecutivo quedó inhabilitado para decidir sobre las retenciones, aunque se inclinan por descartar que el tributo ya no esté vigente.

El diputado nacional por la provincia de Formosa Ricardo Buryaile –exministro de Agroindustria durante la administración de Macri- apoyó la idea de ahora las retenciones deben ser manejadas por el Congreso.

“Para mí se cayó la facultad del Gobierno de fijar los derechos de exportación. La Corte Suprema de Justicia ya se expidió respecto al art. 755 del CA (Código Aduanero) considerando que compete al Congreso de la Nación la fijación de tributos y que la delegación de facultades no puede ser tan amplia ni sin fecha de caducidad. Si quieren retenciones tienen que pasar por el Congreso”, tuiteó el exministro.

El tributarista Santiago Saenz Valiente puso en Clarín el contexto más amplio. “Hay opiniones jurídicas en el sentido de que las retenciones podrían haber caído en forma plena y total, a 0 %, con el cambio de año. Pero no parece que vaya a suceder en los hechos por el interés del Gobierno nacional de no perder la recaudación de este impuesto a los ingresos, que afecta a todos los productores”.

Cree que “seguramente quedarán las alícuotas vigentes, porque además de que subirlas hoy sería inconstitucional, ya se trata de porcentajes sumamente elevados, con los cuales la exacción al productor es enorme”.

Fuente: Noticias AgroPecuarias

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